El gobierno y la administración municipal corresponden en el Ayuntamiento, que está integrado por la alcaldía y las concejalías. Las concejalías son elegidas en elecciones mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. La alcaldía, por su parte, es elegida por las concejalías.
Dentro del Ayuntamiento podemos encontrar las figuras y órganos siguientes:
- La Alcaldía: preside la Corporación y ostenta la máxima representación del municipio. Le corresponde la dirección y coordinación superior del gobierno y de la administración municipal.
- Las Tenencias de Alcaldía: les corresponde la sustitución de la alcaldía por orden de nombramiento en los casos de ausencia o enfermedad. También asumen las funciones de la alcaldía en caso de vacante hasta que tome posesión la nueva Alcaldía.
- El Pleno: es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía en el gobierno municipal. Por este órgano se tiene que someter la aprobación de los presupuestos municipales o de su propia normativa, entre tantas competencias.
- La Junta de Gobierno Local: es un órgano que, bajo la presidencia de la alcaldía, colabora de forma colegiada en la dirección política, haciendo la asistencia necesaria a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones y las atribuciones que la Alcaldía u otro órgano municipal (como el Pleno) le delego.
- Las Comisiones Informativas: son órganos sin atribuciones para tomar decisiones que estudian, informan o consultan los asuntos que se someterán a la decisión del Pleno.
- La Comisión Especial de Cuentas: tiene como función el examen, estudio e informe de todas las cuentas municipales, tanto presupuestarios como extra presupuestarios, antes de que el Pleno les tenga que aprobar.
Si quiere saber más sobre cada uno de este órganos, puede acceder aquí:
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